A- de 2022
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Antonio José Lizarazo Ocampo
✓Claimant Juan Carlos Bastidas Alemar·Respondent --
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Denegar por cuanto no existió vulneración del debido proceso
- Rechazar por falta de legitimación
- Rechazar por extemporánea
- Rechazar por improcedente
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Solicitudes de nulidad de la Sentencia T-467/19 y de los Autos 332/21 y 127/22.
Los memorialistas alegaron que con la precitada providencia se avala una intervención para liquidación de patrimonios locales, en Panamá y en Estados Unidos, y la persecución de dineros del Deutsche Bank en una Corte Federal en Florida, de sociedades comerciales y de personas naturales, por cuenta de haber participado en conductas de captación ilegal de dineros del público.
Argumentan que con dicha intervención se vulneraron derechos de niños y adultos mayores; se ignoraron pruebas aportadas al proceso; se afectó el interés de entidades y organizaciones de derecho internacional en el asunto y se agredió a los Estados de la Organización de Estados Americanos, al igual que la Convención de las Naciones Unidas sobre las Inmunidades Jurisdiccionales de los Estados y de sus Bienes.
Respecto a la pretensión de nulidad de la Sentencia T-467/19 se decidió RECHAZARLA DE PLANO, por ser una solicitud abiertamente extemporánea, formulada por ciudadanos que carecen de legitimación en la causa y respecto de un asunto que ya fue resuelto previamente mediante Auto 332/21.
En relación con la misma pretensión frente a los Autos 332 y 127 mencionados, la Sala Plena recordó que son improcedentes las solicitudes de nulidad formuladas contra autos que, a su vez, resolvieron la nulidad de una sentencia y, con base en ello, también RECHAZÓ DE PLANO la nulidad pretendida.
Se advirtió a los peticionarios que, en el futuro, de continuar presentando solicitudes manifiestamente improcedentes, la Corte ejercerá los correspondientes poderes correctivos, con el fin de garantizar el correcto funcionamiento de la administración de justicia.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (2 points)
- PRIMERO. RECHAZAR DE PLANO la solicitud de nulidad formulada por los ciudadanos Juan Carlos Bastidas Alemán, Pedro Harol Carvajal González, y Guillermo Alberto Londoño Hoyos contra la Sentencia T-467 de 2019 y contra los Autos 332 de 2021 y 127 de 2022, y ADVERTIRLES que contra esta decisión no procede recurso.
- SEGUNDO. ADVERTIR a los ciudadanos Juan Carlos Bastidas Alemán, Pedro Harol Carvajal González, y Guillermo Alberto Londoño Hoyos, así como a su apoderado judicial, William Roy Villanueva Meléndez, que, en el futuro, de continuar presentando solicitudes manifiestamente improcedentes, esta Corte ejercerá los correspondientes poderes correctivos, con el fin de garantizar el correcto funcionamiento de la administración de justicia.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.